Deberes y derechos

Todo afiliado tiene derecho a:

Recibir la instrucción Masónica correspondiente a su grado.

Emitir, en la Logia y con sujeción a la disciplina interna, libremente sus ideas y opiniones, siempre que no sean ajenas o contrarias a los principios universales de la Francmasonería y se expresen dentro de la órbita de la moral y la cultura.

La protección y el apoyo moral de sus Hermanos masones en caso de justa necesidad.

Retirarse voluntariamente de la Logia o de la Institución.

Presentar proyectos y proposiciones que crea convenientes para el bienestar y desarrollo de la institución.

Todo afiliado está obligado a:

Instruirse en los principios, doctrinas y prácticas de la Francmasonería.

Cumplir estrictamente con las normas masónicas de hermetismo iniciático.

Cumplir con la constitución y las leyes del país en que resida.

Pagar los derechos de iniciación y satisfacer las cuotas mensuales.

El deber Masónico es la vocación inquebrantable del espíritu para la Virtud.